ARTICULO 1 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros."
Articulo que habla sobre la libertad que tenemos de ser diferentes y ser tratados con igualdad y/o respeto.
ARTICULO 2 "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía."
Aquí, este articulo demanda la libertad de expresión que cada uno debe tener sin importar el aspecto, nombre, cultura del individuo.
ARTICULO 3 "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona."
En este se expresa el derecho que cada ciudadano tiene, LA VIDA y conjuntamente con ella la seguridad debe velarla.
ARTICULO 4 "Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas."
Aquí se expresa la abolición de la esclavitud y todo tipo de superioridad.
ARTICULO 5 "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes."
Articulo que defiende al ciudadano de cualquier tipo de violencia de parte de otros. Y ademas de actos de degradación moral.
ARTICULO 6 "Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica."
Este articulo es interesante, ya que hace que cada persona sea única en su identidad, y que nadie puede plagiar o suplantarte.
ARTICULO 7 "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación."
Este articulo en donde menciona que no importa si eres niño, adulto, anciano, mujer u hombre, o padezcas alguna anomalía,; de igual manera la sociedad no te debe discriminar y/o atacar.
ARTICULO 8 "Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley."
Así como podemos ser atacados, tenemos el derecho de exigir defensa y protestar ante cualquier denuncia en contra nuestra persona
ARTICULO 9 "Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado."
Como dice el dicho "Nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario". En este aspecto, defiende el derecho de buscar defensa y no ser culpados sin prueba alguna"
ARTICULO 10 "Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
En materia penal, uno tiene el derecho de tener defensa, y de buscar y presentar pruebas para quedar libre. En el derecho de expresión, también puede ser testigo, y su opinión y declaración debe ser tomada en cuenta"
ARTICULO 11
- "Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa."
- "Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito."
ARTICULO 12 "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques."
Nadie debe infringir en tu privacidad, ni tampoco mellar tu dignidad o especulación en contra de tu diario vivir
ARTICULO 13
- "Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado."
- "Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país."
Este articulo esta en contra de aquellas naciones comunistas, y demas defiende el derecho de cada uno a tener donde vivir.
ARTICULO 14
- "En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país."
- "Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas."
Aquí, se defiende el asilo político que un ciudadano puede buscar, pero siempre y cuando el perseguido tenga las razones y motivos justificables.
ARTICULO 15 "
- "Toda persona tiene derecho a una nacionalidad."
- "A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad."
ARTICULO 16
- "Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio."
- "Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio."
- "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado."
En el tema de los ancianos, este articulo defiende la libertad de formar familia y/o matrimonio. Asi tambien con obligación de defenderla.
ARTICULO 17
- "Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente."
- "Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad."
Esto sucede mayormente en contra de personas de la tercera edad, sus hijos toman propiedad de los bienes del anciano y terminan manejandolo a su manera. Asi que este articulo, esta en contra de ello.
ARTICULO 18 "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia."
Cada uno tiene derecho en creer en lo que mas quiera, ya sea religión cultura, costumbres o tradiciones. En lo que hoy es el estado plurinacional, se hizo algo similar en contra de este articulo, ya que el gobierno trata de imponer las creencias aymaras en el lado oriental
ARTICULO 19 "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Ya sea, en una votación en una campaña, ideología pensamiento, los ciudadanos no se les puede prohibir su idea acerca de ella, pero tampoco puede atacar otro con falsa información
ARTICULO 20
- "Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas."
- "Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación."
Asi como elegimos que ser, tambien podemos elegir a donde pertenecer, donde ir, con quienes congeniar.
ARTICULO 21
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
- Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
ARTICULO 22 "Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad."
Aquí da a entender, que todos tenemos derecho al acceso a las necesidades basicas (agua, luz, vivienda). Pero en Bolivia aun hay sectores marginados de estos.
ARTICULO 23
- "Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo."
- "Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual."
- "Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social."
- "Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses."
ARTICULO 24 "Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas."
Asi lo establece este articulo, ¿pero, que tanto se cumple? en los empleos que se ve por la ciudad, pensiones, albañiles, y otros empleos; son los cuales no es común que se otorgue vacaciones. Pero si bien en oficinas si las hay, la mayoría de los empleados prefiere no tomarlos, ya que por temor a que en medio de esas vacaciones aparezca otro que le gane el puesto.
ARTICULO 25
- "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad."
- "La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social."
ARTICULO 26
- "Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos."
- "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz."
- "Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos."
ARTICULO 27
- "Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten."
- "Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora."
ARTICULO 28 "Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos."
Asi como queremos que estos derechos se respeten, también la tenemos que respetar. Nosotros somos quienes ponemos el orden en la sociedad, y también somo los que lo quebrantamos.
ARTICULO 29
- "Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad."
- "En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática."
- "Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas."
ARTICULO 30 "Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
WEB-GRAFIA: Declaracion Mundial de los Derechos Humanos http://www.un.org/es/documents/udhr/ . visitado el 17 de abril de 2012. horas 14:14
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